RFPN de los rios San Cipriano y Escalerete

Esta área se declaró mediante el Acuerdo CD No. 031 del 20 de noviembre del 1979.

Las coberturas naturales representan el 94,6 % de cobertura total en el área de la Reserva y ocupan 7.822,5 ha de las 8.267,9 ha. Estas coberturas corresponden a Bosque natural denso de tierra firme (BNDF) (93,8 %), Arbustal y matorral denso de tierra firme (ABDF) (0,7 %) y Arbustal y matorral denso inundable (ABDI) (0,1 %).

RFPN Rio Melendez

La Reserva se compone de las Reservas Forestales Protectoras Nacionales Río Cali y Río Meléndez, declaradas por el entonces Ministerio de Economía Nacional mediante las resoluciones No 09 de 1938 y No 07 de 1941 respectivamente; así mismo, mediante las resoluciones No 2248 y No 2247 de 2017 se precisaron los límites de las dos reservas respectivamente. 

RFPN La Elvira

Estas dos reservas se encuentran declaradas de manera independiente. Sin embargo, debido a que están adyacentes entre sí, se ha adoptado un enfoque conjunto para su manejo. La Reserva Forestal Protectora Nacional (RFPN) Aguacatal (La Elvira) fue declarada mediante la Resolución N° 5 de 1943, mientras que la Reserva Forestal Protectora Cerro Dapa Carisucio fue declarada mediante la Resolución N° 0257 del 2018

RFPR Bitaco

RFPN Bitaco se declaró mediante la resolución CVC 009 de 02 de abril de 1973 y se modificó con los acuerdos 18 de 11de junio 1973 y 13 de 06 de agosto 1980

RFPN Cerro Dapa - Carisucio

Estas dos reservas se encuentran declaradas de manera independiente. Sin embargo, debido a que están adyacentes entre sí, se ha adoptado un enfoque conjunto para su manejo. La Reserva Forestal Protectora Nacional (RFPN) Aguacatal (La Elvira) fue declarada mediante la Resolución N° 5 de 1943, mientras que la Reserva Forestal Protectora Cerro Dapa Carisucio fue declarada mediante la Resolución N° 0257 del 2018